Este libro, si es que tal puede llamársele, se encamina había dos propósitos. El primero es el de servir de guía a mis alumnos de la cátedra de Derecho Civil en la Especialización de Seguros de la Pontificia Universidad Javeriana.
El segundo, es el de señalar, y por ende pretender ensayar posibles soluciones para algunas inconsistencias existentes entre el llamado Derecho de Seguros y lo principios generales de nuestro Derecho Civil.
En efecto, para nadie es un secreto que el contrato de seguros y su concepción legislativa se originó y se ha desarrollado principalmente en Inglaterra y en los Estados Unidos, y por consiguiente vivió y se inspiró en los principios del derecho anglosajón.
Y resulta que al trasplantarlo a países cuyo derecho civil se enmarca dentro del sistema del derecho continental europeo, tienen por supuesto que surgir contradicciones de fondo, que ocasiona a jueces e intérpretes en general, dificultades que no siempre se resuelven adecuadamente.